Calculadoras de Fiscalidad

IRPF, IVA, plusvalías y modelos trimestrales. Las calculadoras YMYL aplican parámetros normativos versionados por ejercicio fiscal y citan el BOE.
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Calculadoras de Fiscalidad

Las calculadoras de fiscalidad estiman los impuestos y tributos que se pagan en España —IRPF, IVA y retenciones, sobre todo— a partir de las bases y los tipos vigentes. Sirven a autónomos, empresas y particulares para anticipar cuánto se paga o se retiene antes de presentar una declaración o emitir una factura.

El resultado depende del tributo, de la base imponible y de los tipos del ejercicio fiscal, que aplica la Agencia Tributaria según la normativa estatal. Los datos son orientativos y no sustituyen el asesoramiento de un asesor fiscal.

Qué se puede calcular en fiscalidad

  • El IRPF: la cuota a pagar o a devolver según los ingresos, los mínimos y las deducciones.
  • El IVA: la cuota que se añade a un precio, o el desglose de un precio que ya lo incluye.
  • La retención de IRPF en facturas: el porcentaje que retiene un autónomo y el líquido que percibe.

Conceptos clave de fiscalidad

  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): tributo progresivo. La escala estatal va del 9,5 % al 24,5 % (Art. 63 Ley 35/2006); sumado el tramo autonómico, el tipo marginal máximo supera el 45 % en la mayoría de comunidades.
  • Tipos de IVA: general del 21 %, reducido del 10 % y superreducido del 4 % (Art. 90 y 91 Ley 37/1992).
  • Base imponible del IVA: el precio sin impuesto, sobre el que se aplica el tipo (Art. 78 Ley 37/1992).
  • Retención de IRPF de autónomos: el 15 % general en actividades profesionales, o el 7 % durante los tres primeros años (Art. 101 Ley 35/2006).

Preguntas frecuentes sobre fiscalidad

¿Qué tipos de IVA existen y cuándo se aplican?

Hay tres: el 21 % general (la mayoría de bienes y servicios), el 10 % reducido (hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva) y el 4 % superreducido (pan, leche, fruta, libros y medicamentos), según la Ley 37/1992.

¿Cómo se desglosa el IVA de un precio final?

Se divide el importe entre 1 más el tipo. Para un precio de 121 € con IVA del 21 %: base = 121 ÷ 1,21 = 100 € y cuota de IVA = 21 €. Para un ticket de 110 € al 10 %: base = 100 € y cuota = 10 €.

¿Qué retención de IRPF se aplica en una factura?

El 15 % general en actividades profesionales y el 7 % durante los tres primeros años de actividad (Art. 101 Ley 35/2006). En una factura de 2.000 € con retención del 15 % se retienen 300 € y el autónomo cobra 1.700 €.

¿Qué deducciones reducen el IRPF?

Las aportaciones a planes de pensiones (hasta 1.500 € anuales), las donaciones a entidades sin ánimo de lucro y determinados gastos por discapacidad (Art. 68 Ley 35/2006), entre otras. Cada euro que reduce la base baja la cuota según el tipo marginal del contribuyente.

¿En qué se diferencian la retención de IRPF y la cuota de autónomos?

La retención es un adelanto del IRPF que se descuenta en la factura. La cuota de autónomos es la cotización mensual al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, independiente del IRPF.