Prorratear las pagas extra es repartir su importe entre las doce mensualidades: la mensualidad prorrateada es el bruto anual entre 12 y la mensualidad sin prorratear, el bruto anual entre el número de pagas. Con 24.000 € en 14 pagas se cobran 1.714,29 € por paga o 2.000 € al mes prorrateando (artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores).
Qué son las pagas extra prorrateadas y cuándo usar esta calculadora
Las pagas extraordinarias son las gratificaciones que el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores reconoce a todo trabajador: dos al año como mínimo, «una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo». Su cuantía la fija también el convenio, y el mismo artículo permite que el convenio acuerde «que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades». Prorratear no cambia lo que se cobra al año: cambia cuándo se cobra.
Un salario en 14 pagas se compone de 12 mensualidades ordinarias y 2 extras; algunos convenios fijan 15 pagas (tres extras, con una de beneficios) o 16. Con el prorrateo, cada nómina mensual incluye la parte proporcional de las extras y en los meses de paga extra no llega ningún ingreso adicional.
Esta calculadora sirve para tres situaciones: saber qué mensualidad corresponde a un bruto anual en 12, 14, 15 o 16 pagas; pasar de un salario mensual «sin prorratear» a su bruto anual y a su equivalente prorrateado; y comprobar cuánto de cada nómina prorrateada es paga extra. Devuelve la mensualidad con y sin prorrateo, el importe de cada paga extra, la parte de las extras incluida en cada mes, el número de extras, su suma anual y el bruto anual.
Cómo se calculan las pagas extra prorrateadas
Con un bruto anual B y N pagas al año (N − 12 de ellas extraordinarias, cada una igual a una mensualidad):
- Mensualidad sin prorratear = B ÷ N
- Importe de cada paga extra = B ÷ N
- Mensualidad con prorrateo = B ÷ 12
- Parte de las extras en cada mes = (N − 12) × (B ÷ N) ÷ 12
Ejemplo con 24.000 € brutos anuales en 14 pagas:
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Mensualidad sin prorratear | 24.000 ÷ 14 | 1.714,29 € |
| Cada paga extra | 24.000 ÷ 14 | 1.714,29 € |
| Suma de las dos extras | 2 × 1.714,29 | 3.428,57 € |
| Mensualidad con prorrateo | 24.000 ÷ 12 | 2.000,00 € |
| Parte de las extras en cada mes | 2.000 − 1.714,29 | 285,71 € |
Los 24.000 € se cobran íntegros en los dos casos: 14 × 1.714,29 € o 12 × 2.000 €. Lo que cambia es el calendario: sin prorrateo, en los dos meses con extra (Navidad y el que fije el convenio) entran 3.428,57 € (mensualidad más extra); con prorrateo, cada mes entran 2.000 €.
Si el dato conocido es la mensualidad sin prorratear, el bruto anual es esa mensualidad multiplicada por el número de pagas: 1.500 € al mes en 14 pagas son 21.000 € al año y 1.750 € al mes prorrateando (250 € de cada nómina son paga extra).
Salario mínimo interprofesional 2026. El Real Decreto 126/2026 fija el SMI en 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € en cómputo anual. Prorrateado, son 1.424,50 € al mes: 1.221 € de mensualidad más 203,50 € de las dos extras.
Casos prácticos de prorrateo de pagas
Sergio firma en Valencia un contrato de 19.600 € brutos en 14 pagas. La nómina de un mes sin extra es de 19.600 ÷ 14 = 1.400 €, la misma cantidad que cada paga extra. Si su convenio prorratea, cobra 19.600 ÷ 12 = 1.633,33 € cada mes, de los que 233,33 € son la parte de las extras. En los meses de paga extra no recibe ningún ingreso adicional; a cambio, cada mes ingresa 233,33 € más.
Lucía compara dos ofertas en Madrid. Una anuncia 2.000 € al mes en 14 pagas; la otra, 2.333,33 € al mes en 12 pagas prorrateadas. Son el mismo salario: 2.000 × 14 = 28.000 € y 28.000 ÷ 12 = 2.333,33 €. La segunda oferta parece mayor al leer el importe mensual, pero el bruto anual es el mismo.
Un convenio con 15 pagas. Un técnico con 30.000 € brutos en 15 pagas (dos extras más una paga de beneficios) cobra 2.000 € en cada paga y 6.000 € en extras al año. Prorrateando, la nómina mensual sube a 2.500 €, de los que 500 € corresponden a las tres extras.
Dieciséis pagas. Con 2.200 € al mes sin prorratear y 16 pagas, el bruto anual es de 35.200 € y las cuatro extras suman 8.800 €. La mensualidad prorrateada es de 2.933,33 €, con 733,33 € de extras en cada nómina.
Errores comunes con las pagas prorrateadas
Creer que prorratear sube o baja el sueldo. El bruto anual es idéntico: 24.000 € son 14 pagas de 1.714,29 € o 12 de 2.000 €. La diferencia está en el reparto por meses, no en el total.
Comparar mensualidades sin mirar el número de pagas. 2.000 € en 14 pagas (28.000 € al año) son más que 2.200 € en 12 pagas (26.400 € al año). La comparación válida es siempre en bruto anual.
Pensar que el prorrateo cambia la cotización. El artículo 147.1 de la Ley General de la Seguridad Social ordena que «las percepciones de vencimiento superior al mensual se prorratearán a lo largo de los doce meses del año» en la base de cotización. La cotización mensual incluye la parte de las extras se cobren prorrateadas o no.
Dar por hecho que la paga extra es una mensualidad completa. Es el caso general y el que aplica esta calculadora, pero el artículo 31 remite la cuantía al convenio colectivo: hay convenios en los que la extra se calcula solo sobre salario base y antigüedad, sin complementos. Con ese convenio, el importe real de la extra es menor que la mensualidad.
Ignorar el devengo al liquidar un finiquito. Las extras se devengan día a día, por semestres o por años según el convenio. Quien deja la empresa sin haber prorrateado cobra en el finiquito la parte proporcional de las extras devengada y no pagada; quien las tenía prorrateadas ya la ha ido cobrando en cada nómina.
Olvidar que el prorrateo exige acuerdo en convenio. El artículo 31 lo permite «en convenio colectivo». La empresa no lo impone unilateralmente si el convenio aplicable no lo contempla.
