La potencia fiscal de un motor de cuatro tiempos se calcula con la fórmula del anexo V del Reglamento General de Vehículos: CVF = 0,08 × (0,785 × D² × R)^0,6 × N, siendo 0,785 × D² × R la cilindrada de un cilindro en cm³ y N los cilindros. Un 1.598 cm³ de cuatro cilindros tiene 11,64 CVF; un eléctrico de 150 kW, 150 ÷ 5,152 = 29,11 CVF.
Qué es la potencia fiscal y cuándo calcular los caballos fiscales
La potencia fiscal es un valor administrativo, expresado en caballos de vapor fiscales (CVF), que el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998) asigna a cada motor a partir de su cilindrada y su número de cilindros, o de su potencia en kilovatios si es eléctrico o rotativo. No mide la potencia real: un motor de 1.598 cm³ tiene 11,64 CVF tanto si desarrolla 90 CV como si desarrolla 180 CV.
Su única función es servir de base a trámites y tributos. El impuesto de circulación (IVTM) de los turismos se exige por tramos de caballos fiscales, según el cuadro de tarifas del artículo 95 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el dato aparece en la tarjeta de inspección técnica (ficha técnica) del vehículo. Muchas aseguradoras y gestorías lo piden al dar de alta un vehículo o al transferirlo.
Esta calculadora aplica las cuatro fórmulas del anexo V y devuelve la potencia fiscal con dos decimales truncados, tal y como exige el Reglamento, junto con la cilindrada unitaria, la fórmula aplicada y el tramo de turismos del IVTM en el que cae el resultado. Sirve para comprobar la ficha técnica, para anticipar el tramo del impuesto antes de comprar un coche o una moto y para saber cuántos caballos fiscales tendrá un eléctrico a partir de su potencia en kW.
Cómo se calcula la potencia fiscal
El anexo V del Reglamento General de Vehículos fija una fórmula por tipo de motor:
| Tipo de motor | Fórmula del anexo V |
|---|---|
| Explosión o combustión interna de cuatro tiempos | CVF = 0,08 × (0,785 × D² × R)^0,6 × N |
| Explosión o combustión interna de dos tiempos | CVF = 0,11 × (0,785 × D² × R)^0,6 × N |
| Motor rotativo | CVF = Pe ÷ 5,152 |
| Motor eléctrico | CVF = Pe ÷ 5,152 |
D es el diámetro del cilindro y R el recorrido del pistón, los dos en centímetros; N es el número de cilindros y Pe la potencia efectiva en kW. El término 0,785 × D² × R es el volumen de un cilindro en cm³ (0,785 es π ÷ 4 redondeado), así que con la cilindrada total de la ficha técnica basta dividirla entre el número de cilindros.
Ejemplo con un motor 1.6 de gasolina, 1.598 cm³ y cuatro cilindros:
- Cilindrada unitaria: 1.598 ÷ 4 = 399,5 cm³.
- Elevar a 0,6: 399,5^0,6 = 36,384.
- Multiplicar por el coeficiente y por los cilindros: 0,08 × 36,384 × 4 = 11,6429.
- Truncar a dos decimales: 11,64 CVF.
El Reglamento exige consignar el resultado «con dos cifras decimales aproximada por defecto»: se corta en la segunda cifra decimal sin redondear. Un tricilíndrico de 999 cm³ da 7,8285 y su potencia fiscal es 7,82 CVF, no 7,83.
Con diámetro y carrera reales el término se calcula tal cual. El mismo 1.6 con 79,5 mm de diámetro y 80,5 mm de carrera tiene 0,785 × 7,95² × 8,05 = 399,39 cm³ por cilindro, 11,6410 antes de truncar y los mismos 11,64 CVF.
Para un eléctrico la fórmula es directa: un motor de 150 kW tiene 150 ÷ 5,152 = 29,1149, es decir, 29,11 CVF. La potencia en kW figura en el campo P.2 del permiso de circulación; la cilindrada, en el P.1.
Tramos de turismos del cuadro de tarifas del IVTM (artículo 95.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) y cuota base estatal:
| Potencia fiscal | Cuota base estatal |
|---|---|
| Menos de 8 CVF | 12,62 € |
| De 8 hasta 11,99 CVF | 34,08 € |
| De 12 hasta 15,99 CVF | 71,94 € |
| De 16 hasta 19,99 CVF | 89,61 € |
| De 20 CVF en adelante | 112,00 € |
Cada ayuntamiento multiplica esa cuota por un coeficiente que no supera 2 (artículo 95.4) y regula bonificaciones de hasta el 75 % por el carburante o por las características del motor (artículo 95.6). Por eso la calculadora informa del tramo y no de una cuota en euros.
Casos prácticos de cálculo de caballos fiscales
Ana compra un compacto diésel en Zaragoza. El motor 2.0 TDI tiene 1.968 cm³ y cuatro cilindros: 0,08 × 492^0,6 × 4 = 13,1926, es decir, 13,19 CVF, la cifra que figura en la ficha técnica de ese motor. Cae en el tramo de 12 a 15,99 CVF del IVTM. Con el diámetro y la carrera exactos (81 × 95,5 mm) el resultado sin truncar es 13,1903 y la potencia fiscal, la misma.
Rubén duda entre dos utilitarios en Alicante. Uno monta un 1.0 tricilíndrico de 999 cm³ (7,82 CVF) y el otro un 1.2 de cuatro cilindros y 1.197 cm³ (9,78 CVF). El primero queda por debajo de 8 CVF, en el tramo más bajo; el segundo entra en el de 8 a 11,99 CVF. A igual cilindrada, tener un cilindro más sube la potencia fiscal: un 1.598 cm³ da 10,37 CVF con tres cilindros y 11,64 con cuatro.
Un seis cilindros de 2.993 cm³. 0,08 × 498,83^0,6 × 6 = 19,9533 → 19,95 CVF. Se queda cinco centésimas por debajo de los 20 CVF, así que tributa en el tramo de 16 a 19,99. Un 3.0 de 2.998 cm³ y seis cilindros da 19,97 CVF y también se queda en ese tramo.
Marta se pasa a un eléctrico de 208 kW. 208 ÷ 5,152 = 40,3727 → 40,37 CVF, tramo de 20 CVF en adelante. Un eléctrico urbano de 80 kW tiene 15,52 CVF y uno de 60 kW, 11,64 CVF: los mismos caballos fiscales que el 1.6 de gasolina.
Una moto de 125 cm³ de cuatro tiempos (124,7 cm³, un cilindro) tiene 0,08 × 124,7^0,6 = 1,4475 → 1,44 CVF. Un ciclomotor de dos tiempos y 49,9 cm³ da 0,11 × 49,9^0,6 = 1,1488 → 1,14 CVF.
Errores comunes al calcular la potencia fiscal
Redondear en lugar de truncar. El anexo V ordena dos decimales «aproximada por defecto». Un motor con 7,8285 tiene 7,82 CVF; redondear a 7,83 da un dato distinto del de la ficha técnica.
Confundir caballos fiscales con caballos de potencia. Los CV (o kW) miden la potencia real del motor; los CVF son un valor administrativo que en los motores de combustión solo mira la cilindrada y los cilindros. Un 1.6 de 11,64 CVF rinde 90 CV en una versión y 180 CV en otra.
Usar el coeficiente 0,08 en un motor de dos tiempos. Para dos tiempos el coeficiente es 0,11. Los 49,9 cm³ de un ciclomotor dan 1,14 CVF con 0,11 y 0,83 CVF si se aplica por error el 0,08.
Introducir el diámetro y la carrera en milímetros. La fórmula trabaja en centímetros: 79,5 mm son 7,95 cm. La calculadora hace la conversión; al calcular a mano, olvidarla multiplica el término por 1.000 y el resultado por 63.
Tomar la potencia máxima de pico en un eléctrico. La potencia efectiva Pe de la fórmula es la que determina el laboratorio oficial y consta en la ficha técnica (campo P.2), no la cifra de marketing del fabricante. Un eléctrico de 150 kW en ficha tiene 29,11 CVF aunque el catálogo anuncie más.
Esperar que el IVTM salga de esta cifra sin más. La cuota real es la base estatal del tramo multiplicada por el coeficiente del ayuntamiento (hasta 2) y menos las bonificaciones que apruebe la ordenanza fiscal. Dos coches con 11,64 CVF pagan importes distintos en dos municipios.
